Resulta conocido que recientemente se han aprobado las nuevas Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas (NOFCAC), mediante el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, que también modifica el Plan General de Contabilidad (PGC) y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PGC PYMEs).

En relación con las modificaciones introducidas en el PGC nos centramos, en esta entrada, en la inclusión de nueva regla (10) en la Normas de Elaboración de las Cuentas Anuales 5.ª Normas comunes al balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo, incluida en la tercera parte del PGC, en los siguientes términos:
Las cuentas anuales que resultan de una adquisición inversa, en aplicación de los criterios recogidos en la norma de registro y valoración relativa a combinaciones de negocios, se elaborarán por la empresa adquirida. En consecuencia, el capital social que debe lucir en el patrimonio neto será el correspondiente a la empresa adquirida. No obstante se considerarán una continuación de las de la empresa adquirente, y en consecuencia:
- La información comparativa de periodos anteriores a la combinación estará referida a la de la empresa adquirente. A tal efecto, los fondos propios de la empresa adquirida deberán ajustarse retroactivamente para mostrar los que teóricamente hubiesen correspondido a la empresa adquirente. Este ajuste se realizará considerando que la variación relativa del capital social debe corresponderse con la que se hubiera producido en el supuesto de que la adquirente, legal y económica, fuese la misma empresa.
- En el ejercicio en que se realiza la operación de adquisición, la cuenta de pérdidas y ganancias y el estado de cambios en el patrimonio neto incluirá los ingresos y gastos de la empresa adquirente correspondientes a dicho ejercicio y los ingresos y gastos de la empresa adquirida desde la fecha en que tiene lugar la operación hasta el cierre. Se aplicarán estos mismos criterios en la elaboración del estado de flujos de efectivo.
Documentación relacionada:
- Real Decreto 1159/2010 por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas (BOE, 24-9-2010).
- Normas para la formulación de las Cuentas Anuales consolidadas y NIC: subsidiariedad recíproca no obligatoria.
- Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas.
- Nuevas normas para la formulación de Cuentas Anuales consolidadas: régimen transitorio.
- El resultado contable consolidado.
- Consolidación fiscal y contable.