Hemos comentado en este blog la entrada en vigor del Real Decreto (RD) que modifica las obligaciones de documentación en operaciones vinculadas el pasado lunes, en el ecuador de la campaña de declaración del Impuesto sobre Sociedades (IS), y existe una cierta confusión en su aplicación.
Confusión que se acrecentó en el día de ayer que la web de la Agencia Tributaria cambió en la menos tres veces las preguntas, ejemplos y cuadro que informan sobre el RD, lo que motivó la publicación de la nota informativa que reproducimos a continuación:
En la nota se precisa qué hacer con las operaciones que se han quedado en el limbo que media entre el RD y el modelo 200 del IS:
- Las que no superen los 100.000 euros con una sociedad o persona vinculada pero excedan los 250.000 euros en conjunto se deben documentar pero no consignar en la declaración.
- Cuando sean mayores a 100.000 euros de forma individual y sobrepasen los 250.000 euros en conjunto, se deben documentar y consignar en la declaración.
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Imagen: Emprendedores