Resulta conocido que las entidades financieras están sometidas a un régimen especial de regulación y supervisión, mucho más intenso que el que cubre a los restantes sectores económicos. Las razones de esta situación son, por un lado, que las entidades financieras, en su función de intermediación entre el ahorro y el crédito, captan importantes fondos del público y, por otro, el efecto positivo de un sistema financiero solvente y bien gestionado sobre la estabilidad financiera y la actividad económica general.
Señalan los
supervisores del Banco de España que:
Ante un sistema bancario dinámico, el modelo supervisor tradicional, basado en el conocimiento de la situación contable y financiera presente y en el control administrativo del cumplimiento de las normas no era suficiente. Se necesitaba, además, evaluar la viabilidad futura de las entidades y prevenir problemas que pudieran presentarse. El proceso de supervisión debe ser preventivo y evitar las situaciones de crisis en la mayor parte de los casos. Para ello es necesario asegurar que las entidades, además de cumplir con la normativa vigente, estén bien gobernadas, gestionen los riesgos adecuadamente, y cuenten con un capital adecuado a los riesgos (CAR) que se asumen.
En estas circunstancias, resulta evidente que, determinar el capital adecuado se convierte en argumento prioritario de la:
regulación,
supervisión, solvencia, continuidad y solidez del sistema financiero para que éste sea, como lo ha sido hasta ahora, un factor de soporte esencial para el crecimiento económico de nuestro país.
En relación con el primer argumento enunciado, la regulación del CAR, en el nuevo marco normativo de recursos propios conocido como Basilea II el análisis y medición de los distintos riesgos a los que las entidades de crédito se encuentran sometidas es un aspecto fundamental para la valoración de la suficiencia de capital de cada entidad.
Resulta interesante, en este sentido, la medición del ratio capital que realiza S&P que reproducimos a continuación:
Habría que considerar que el ratio capital que figura en la tabla lo propone la agencia S&P como una herramienta alternativa a las
mediciones tradicionales, que pretende ser homogénea entre bancos y países. En este sistema, S&P otorga a cada línea de negocio de las entidades y a cada país una carga de capital. Es un método más sencillo, argumentan, que el utilizado por los supervisores.
Señala
Expansión que la agencia llega a la conclusión, tras su análisis, de que el
capital todavía:
Se mantiene como un factor neutral o negativo en el cálculo del ráting para la mayoría de los 45 bancos de todo el mundo que toma como muestra. De hecho, de este conjunto, sólo nueve consiguen situarse por encima del 8%, el nivel de solvencia que S&P considera adecuado para cubrir todas las necesidades de recursos propios en el caso de un agravamiento severo de la crisis un cálculo que se realiza a través de un test de estrés.
Ninguna de las tres entidades españolas incluidas en la muestra (Santander, BBVA y La Caixa) está por encima de este nivel:
- Quien más se aproxima es el Banco Santander, con un nivel del 7,2%. La Caixa contaría con un nivel del 6,2%, con lo que se mantendría todavía por encima de la media de capital de la muestra de bancos escogidos por S&P (en el 6,7%).
- El peor situado sería BBVA, con un nivel del 5,4%. No obstante, la agencia de calificación crediticia señala que el cálculo de su ratio puede minusvalorar o exagerar el apetito por el riesgo de algunas entidades y puntualiza que no tiene en cuenta algunos criterios cualitativos como la política conservadora de BBVA.
En relación con la supervisión, las entidades cuentan con un proceso de autoevaluación de su capital que sea apropiado a su tamaño y complejidad, y corresponde al Banco de España revisar dicho proceso de autoevaluación del capital y apreciar si el gobierno interno de las entidades, los sistemas, los procedimientos de gestión y control de los riesgos y los fondos propios mantenidos garantizan una gestión y cobertura adecuada de los riesgos asumidos. A esta revisión y evaluación se la denomina proceso de revisión del capital (PRC).
El PRC se materializa específicamente en dos actividades concretas:
- Revisión y evaluación de la declaración de recursos propios.
- Revisión y evaluación del informe de autoevaluación del capital de las entidades.
En este sentido, habría que destacar el informe anual que remiten las entidades al Banco de España (
IAC) en el que reflejan su proceso de autoevaluación del capital. Este informe es el documento básico que facilita el diálogo entre las entidades y el Banco de España.
El proceso de revisión del capital se formaliza en una conclusión anual, que se basa en la revisión y evaluación del IAC recibido de las entidades, y a la vista del mismo y del resto de actuaciones supervisoras realizadas en el año, el Banco de España, identifica posibles deficiencias, extraen las conclusiones pertinentes y toman las medidas necesarias.
Más información:
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