2.26.2009

Impuesto sobre beneficios: PGC PYMEs, primera parte.

.
0 comentarios

Los impuestos sobre el beneficio, contenidos en el nuevo plan y de aplicación en el cierre del ejercicio 2008, son aquellos impuestos directos, ya sean nacionales o extranjeros, que se liquidan a partir del resultado de la empresa calculado de acuerdo con las normas fiscales que sean de aplicación.

Los pilares en el registro contable del impuesto sobre beneficios, en el PGC de PYMEs, se muestran en la figura siguiente:


El impuesto corriente es la cantidad que satisface la empresa como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio relativas a un ejercicio.
El impuesto corriente correspondiente al ejercicio presente y a los anteriores, se reconocerá como un pasivo en la medida en que esté pendiente de pago. En caso contrario, si la cantidad ya pagada, correspondiente al ejercicio presente y a los anteriores, excediese del impuesto corriente por esos ejercicios, el exceso se reconocerá como un activo.

Las diferencias temporarias son aquéllas derivadas de la diferente valoración, contable y fiscal, atribuida a los activos, pasivos y determinados instrumentos de patrimonio propio de la empresa, en la medida en que tengan incidencia en la carga fiscal futura.

Las diferencias temporarias se clasifican en:
  • Diferencias temporarias imponibles, que son aquellas que darán lugar a mayores cantidades a pagar o menores cantidades a devolver por impuestos en ejercicios futuros, normalmente a medida que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan.
  • Diferencias temporarias deducibles, que son aquellas que darán lugar a menores cantidades a pagar o mayores cantidades a devolver por impuestos en ejercicios futuros, normalmente a medida que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan.
El impuesto diferido surge de la cuantificación de las diferencias temporarias, es decir, de la diferente existente entre el valor fiscal y contable de los activos y pasivos y determinados instrumentos de patrimonio.

Activos por impuesto diferido

De acuerdo con el principio de prudencia sólo se reconocerán activos por impuesto diferido en la medida en que resulte probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras que permitan la aplicación de estos activos. Siempre que se cumpla la condición anterior, se reconocerá un activo por impuesto diferido en los supuestos siguientes:
  • Por las diferencias temporarias deducibles,
  • Por el derecho a compensar en ejercicios posteriores las pérdidas fiscales,
  • Por las deducciones y otras ventajas fiscales no utilizadas, que queden pendientes de aplicar fiscalmente.
Pasivos por impuesto diferido

En general, se reconocerá un pasivo por impuesto diferido por todas las diferencias temporarias imponibles, a menos que éstas hubiesen surgido de:
  • El reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción que no es una combinación de negocios y además no afectó ni al resultado contable ni a la base imponible del impuesto.
  • Inversiones en empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos, si la inversora puede controlar el momento de la reversión de la diferencia y además es probable que tal diferencia no revierta en un futuro previsible.
Valoración de los activos y pasivos
por impuesto corriente y diferido

Los activos y pasivos por impuesto corriente se valorarán por las cantidades que se espera pagar o recuperar de las autoridades fiscales, de acuerdo con la normativa vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio.

Los activos y pasivos por impuesto diferido se valorarán según los tipos de gravamen espera dos en el momento de su reversión, según la normativa que esté vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo.

En esta primera parte, en general existen pocas diferencias en relación con el tratamiento del impuesto sobre beneficios en el PGC y que podría resumirse en las siguientes:

  • se suprimen los aspectos derivados del fondo de comercio y de las combinaciones de negocios, en coherencia con la omisión que con carácter general se realiza de estas situaciones,
  • la desaparición de la imputación directa a patrimonio neto de los cambios en el valor razonable de los activos disponibles para la venta, la imposibilidad de que existan diferencias de conversión y la ausencia de tratamiento de las operaciones de cobertura, llevan a que las diferencias temporarias que no sean temporales que se contemplan para estos sujetos contables sean menores que para los usuarios del Plan General de Contabilidad. En este sentido, en la norma del Plan de PYMEs se ha concretado que dichas diferencias se ocasionan normalmente por las subvenciones, donaciones o legados recibidos de terceros no socios.


readmore »»

2.21.2009

Gastos del ejercicio: los de naturaleza financiera.

.
0 comentarios

Entre los gastos del ejercicio destacan los gastos financieros o gastos de naturaleza financiera con origen, fundamentalmente, en la financiación ajena utilizada por la empresa, esto es los pasivos financieros.

Una primera aproximación a los pasivos financieros puede ser atendiendo a su tipología, a efectos de valoración, en el PGC 07 que podría configurarse de la siguiente forma:


La valoración según el nuevo plan de contabilidad puede resumirse de la siguiente forma:

Débitos y otras partidas a pagar
  • Inicialmente, deben valorarse por su valor razonable que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción ajustado por los gastos de transacción que le sean atribuible.
  • No obstante, se podrán valorar por su valor nominal, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual (incluidos los débitos con las administraciones públicas, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
  • Posteriormente, se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el tipo de interés efectivo.
  • No obstante, los débitos por operaciones comerciales, que se valoren inicialmente por su valor nominal, continuarán valorándose por dicho importe.

Registro contable.



Entradas relacionadas:

readmore »»

2.17.2009

Aplicación práctica del EFE: Los flujos de financiación.

.
0 comentarios

En relación con la solución del enunciado del Estado de Flujos de Efectivo de entradas anteriores (ver enlaces final de página) recogemos ahora los flujos de financiación correspondientes.

Hoja de Trabajo

Soporte contable
Presentación en el PGC

readmore »»

2.13.2009

Estado de Flujos de Efectivo: Las actividades de inversión (práctico).

.
0 comentarios

En relación con la solución del enunciado del Estado de Flujos de Efectivo de entradas anteriores (ver enlaces final de página) recogemos ahora los flujos de inversión correspondientes.

Hoja de Trabajo

Soporte de presentación


Entradas relacionadas:

readmore »»

2.03.2009

La Memoria del PGC (I): Estructura y contenido.

.
0 comentarios

Es conocido el cometido de la Memoria en las cuentas anuales: la memoria completa, amplía y comenta la información contenida en los otros documentos que integran las cuentas anuales.


Descripción de la Memoria del PGC.

Desde un punto de vista general, se puede citar como novedades, del PGC 08, en sintonía con el criterio incluido en las normas internacionales adoptadas:
  • el requerimiento de incluir también en la memoria de las cuentas anuales, información cuantitativa del ejercicio anterior
  • así como la necesidad de ajustar las cifras comparativas del periodo anterior, en la medida en que se produzcan ajustes valorativos derivados de cambios de criterios contables o errores. 
  • Adicionalmente a la información comparativa de índole numérica, si resulta relevante para la comprensión de las cuentas anuales del ejercicio actual, la norma exige que también se incluya información descriptiva del periodo anterior.
  • Por último, se puede afirmar que los cambios que incorpora la nueva memoria persiguen comunicar al usuario de las cuentas anuales, con la simple lectura de los estados principales, mayor información sobre la gestión que los administradores realizan de los recursos de la empresa.
Contenido de la Memoria.

Según el propio PGC, la memoria adquiere mayor relevancia e incorpora la obligación de facilitar información comparativa, incluso la de carácter descriptivo, en sintonía con los pronunciamientos de la NIC 1 adoptada por la Comisión Europea.

En particular, este documento refuerza las exigencias informativas en materia:
  • de instrumentos financieros,
  • combinaciones de negocios (dada la propia novedad de la norma) y partes vinculadas, 
En el esquema siguiente puede observarse los nuevos requerimientos de información que incluye la memoria del nuevo plan en relación con el anterior plan.



Una vez recogido, brevemente,  la descripción  y  contenido de la memoria, en la próxima entrada nos ocuparemos de la formulación para este cierre del ejercicio 2008.


Imagen: blog.goldini

readmore »»

2.01.2009

EFE (solución): Las actividades de explotación.

.
0 comentarios

En relación con la solución del enunciado de la entrada anterior (ver aquí) recogemos en esta entrada la parte correspondiente a los flujos de explotación.

Soporte de presentación



Presentación Modelo PGC


readmore »»
 
Creative Commons License
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.

Compártelo

Bookmark and Share