5.30.2009

Impuesto de Sociedades (2008): modelos y opciones de presentación.

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Con fecha de 30/5/09, el B.O.E. publica la Orden EHA/1375/2009, de 26 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática y se modifican otras disposiciones relativas a la gestión de determinadas autoliquidaciones.

En lo que respecta al modelo de declaración.

  • Una de sus novedades es la introducción de la información relativa a las operaciones vinculadas por lo que, de esta manera, se hace efectivo lo dispuesto en el artículo 18.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, en la redacción dada por el Real Decreto 1793/2008, de 3 de noviembre, que establece que el obligado tributario deberá incluir en las declaraciones que así se prevea la información relativa a sus operaciones vinculadas en los términos que se establezca por Orden del Ministro de Economía y Hacienda. Hay que destacar que, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera del mencionado Real Decreto 1793/2008, la obligatoriedad en la cumplimentación de la información de las operaciones vinculadas sólo será exigible para operaciones en las que exista obligación de documentación y que sean realizadas a partir de 19 de febrero de 2009
  • Asimismo, en lo que respecta a los modelos de declaración, en aras a la simplificación administrativa y con el objetivo de lograr la reducción de las cargas administrativas de las empresas, se ha considerado conveniente, por una parte, equiparar al máximo la nomenclatura de las cuentas anuales a las establecidas para el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil por la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, y, por otra, se ha procedido a unificar los modelos de declaración 200 y 201 en uno sólo de carácter general (modelo 200), donde se especifica, a través de las correspondientes claves, si la entidad, a los efectos del depósito de cuentas en el Registro Mercantil, utiliza los modelos normal, abreviado o de PYMEs, exigiéndose sólo la información correspondiente a cada caso.

1 comment

Anónimo dijo...

Muchas gracias por el artículo, Antonio.

Saludos

 
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